Arriendo una cabaña por días. ¿Tengo que emitir boleta con IVA?
Sí. El arriendo de inmueble amoblado con servicios está afecto a IVA, a diferencia del arriendo de una casa pelada, que no lo está. Desde el 1 de enero de 2023 la Ley 21.420 dejó gravados casi todos los servicios, y muchos operadores de la zona todavía facturan como si siguieran exentos.